TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 124/84 ------------------------------ ARTICULO 1.- Increméntase con retroactividad al 1º de junio de 1984 - ------------ en catorce por ciento (14%) la remuneración básica y los adicionales, excepto las asignaciones familiares, del personal munici- pal.------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- El incremento dispuesto por el Artículo 1º, no comprende ------------ a: 1.- Personal destajista, retribuído a comisión, salvo que se le garantice una suma fija, en cuyo caso del Depar tamento Ejecutivo se reglamentar la forma de liquida ción.- 2.- Personal docente que, por aplicación de Ordenanzas es peciales vigentes tengan derecho a ser retribuídos de conformidad con el régimen de remuneraciones que, pa- ra iguales tareas se aplique en la Administración Pú- blica Provincial.------------------------------------ 3.- El personal cuyas remuneraciones se fijen por conve - nios colectivos de trabajo.- 4.- El personal de carrera profesional hospitalaria regi- do por Ley 7878 y sus modificatorias.- 5.- El personal contratado en el marco de la Ley 10.029.- ARTICULO 3.- El personal consignado en los apartados 2 y 4 del Artícu- ------------ lo 2º, percibir el aumento que fije la Ley Provincial - respectiva.------------------------------------------------------------ ARTICULO 4.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar las modi- ------------ ficaciones presupuestarias pertinentes pudiendo utilizar como medio de financiación de los incrementos de créditos presupuesta- rios, economías de cualquier partida del Presupuesto General de Gastos del Ejercicio 1983 prorrogado para el Ejercicio 1984.- El Decreto que se dicte tendrá vigencia hasta la sanción del Presupuesto General 1984, momento a partir del cual, el incremento de partidas deberá financiarse con economías de la Partida: "Crédito Adicional".---------------------- ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.---------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los vein- ticinco días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMA- DO: Alberto J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-